COVID 19: Aspectos Legales en caso de Fallecimiento

En el derecho mexicano, por regla general, el individuo cuenta con personalidad jurídica para llevar a cabo diversos actos, para celebrar contratos, para ser sujeto de derechos y obligaciones durante toda su vida, aunque por razones de edad (menores de 18 años) o de incapacidad mental, es posible que algunos derechos sean ejercidos por terceros, en su representación.

Ahora bien, cuando una persona fallece, ciertos derechos y obligaciones de carácter personalísimo, desaparecen junto con ella, tales como, el derecho de voto, el derecho a la atención médica, o la obligación de prestar un trabajo subordinado o independiente, contratado en consideración a sus conocimientos, cualidades y experiencia personal, y que por ende, no pueden exigidos a una persona diversa. Este tipo de derechos y obligaciones perecen junto con la persona, es decir que no se transmiten a sus herederos.

Sin embargo, hay otras categorías de derechos y obligaciones que continúan después del fallecimiento de su titular, mismos que se transmiten a terceras personas, que pueden ser sus herederos o legatarios, los cuales no solo heredan bienes, sino que también deben cumplir con obligaciones que correspondían al titular de la sucesión, tales como: pagos de impuestos, pagos de deudas, entre otros.

Cuando una persona física perece, le sobrevive un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman un patrimonio, que no es una entidad jurídica propia (como una persona moral), sino una prolongación temporal de la personalidad jurídica de la persona fallecida, a la cual se le denomina “sucesión a bienes de la persona X”.

 La representación de una sucesión se encomienda a la persona física que desempeña el cargo de albacea, cuyas funciones principales son de proteger los intereses de los herederos y legatarios y de cumplir con las obligaciones de la sucesión hasta en tanto se concluya el proceso de repartición de ese patrimonio a sus legítimos titulares.

Dicho lo anterior, y tomando en cuenta la época que estamos atravesando, marcada por muchos lamentables fallecimientos, es importante tener presentes unas sencillas recomendaciones para evitar que el patrimonio que le costó esfuerzo a esa persona, pierda valor durante el periodo de transición antes mencionado:

· Abrir la sucesión lo más pronto posible, ya que mientras ello no sucede, el patrimonio de la sucesión no cuenta con un represéntate que proteja sus intereses. Si se tiene testamento y los herederos están de acuerdo, el proceso puede ser expedito, ante notario público. De lo contrario, habría que acudir en la vía judicial.

· No obstante la vía a través de la cual se abra la sucesión, el nombramiento del albacea debe ser la prioridad número uno de los herederos, sin importar sus intereses personales o los posibles conflictos que hubiera entre ellos. Si no hay un albacea nombrado en el testamento o no hay testamento, es importante que los herederos se pongan de acuerdo para elegir a una persona que represente la sucesión.

· Es bien conocido que en muchas ocasiones hay conflictos entre herederos que atrasan el proceso de elección del albacea, lo cual perjudica a todos, sin excepción. La ausencia de un representante de la sucesión, hará que ese patrimonio independiente incurra en incumplimientos de obligaciones civiles, fiscales, etc., que pueden provocar intereses, penalidades, multas, embargos y otras sanciones que disminuyen ese patrimonio en perjuicio de todos los herederos y legatarios interesados.

· Hay que tomar en cuenta que el albacea tiene obligaciones de cuidado del patrimonio, no puede disponer del mismo, y rinde cuentas ante los herederos, además de que puede ser sustituido del cargo, por lo que se recomienda dejar de un lado por un momento los posibles conflictos y buscar en primer término conservar y salvaguardar el patrimonio del familiar fallecido, eligiendo a la persona más apta para ejercer esta representación que solo será temporal.

·  La persona designada como albacea puede aceptar o negarse a desempeñar el cargo, por lo que hasta que la persona efectivamente acepte ante notario público o ante el juez correspondiente fungir como tal, se puede hablar de un representante legal de la sucesión. Como son trámites que en estas fechas pueden llevar tiempo, es importante actuar con rapidez, ya que hay obligaciones que no se encuentran suspendidas, a pesar de la emergencia sanitaria, y el patrimonio de la sucesión se puede ver mermado.

· Si la persona fallecida hubiera sido socio o accionista de una o varias sociedades y/o representante legal, se deben de seguir los pasos legales y estatutarios para reconocer dicho lamentable suceso y dar continuidad a las entidades correspondientes y que la vida de las sociedades no se vea afectada por la desaparición de uno de sus integrantes.

· Por último, pero no menos importante, se recomienda acercarse con su contador o asesor fiscal, para conocer los efectos fiscales del fallecimiento, la continuación de sus derechos y obligaciones tributarias, a fin de evitar posibles incumplimientos y sanciones.

Deseamos que usted y todas sus personas queridas se encuentren bien y que este artículo solamente le sirva como un dato informativo en beneficio de su cultura general empresarial.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

El mundo está cambiando. Mantente actualizado

SUSCRIBETE Y NO TE PIERDAS NUESTRO CONTENIDO INFORMATIVO

claudia

CLAUDIA IGNACIO

HONE MAXWELL LLP

Claudia Ignacio es una de las abogadas asociadas del bufete Hone Maxwell LLP. Su práctica se enfoca en la planeación, cumplimiento, y controversia fiscal, incluyendo una gran variedad de asesoría fiscal internacional, consultas de inversiones estadounidenses, FATCA, y programas de amnistía como el previo OVDP (Divulgación Voluntaria en el Extranjero). 

Además, defiende a clientes en auditorias con el IRS y ante otras agencias fiscales estatales. Ella detiene gravámenes, exacciones, y ha establecido muchos acuerdos de pagos satisfactorios, reducción o suspensión de multas, solicitudes de cónyuge perjudicado, e oferta de transacción.

Claudia nació en la Ciudad de México, e inmigro a San Diego cuando tenia 13 años.

Después de sus estudios universitarios, ella trabajo como auxiliar jurídico para abogados de derecho familiar, bancarrota, inmigración y litigio civil. Ella es un ex-agente inmobiliario y fue dueña de un negocio de preparación de impuestos por 15 años. Después de esta extensa carrera, asistió a la universidad de California Western School of Law donde obtuvo el titulo de abogada.

Claudia forma parte de la junta directiva de la asociación de abogados en San Diego y es mentor a estudiantes de la facultad de derecho y en su comunidad.

andrea

ANDREA CISNEROS

RJS LAWFIRM

La practica de Andrea Cisneros Valdez se enfoca en el derecho fiscal internacional.  Ella es altamente calificada en diseñar estructuras especializadas en inversiones cross-border. Andrea cuenta con extensa experiencia en el área de planeación fiscal internacional y compliance fiscal internacional.

 

Andrea regularmente aconseja clientes en situaciones fiscales internacionales suscitadas en Estados Unidos, así como en regímenes anti-diferimiento tales como las provisiones GILTI, ingresos por Subparte F y PFICs.  Andrea recomienda en la aplicación del acreditamiento por impuestos pagados en el extranjero, planeación bajo los Tratados de doble tributación, retenciones por concepto FIRPTA y Branch Profits Tax.

Andrea trabaja con familias con miembros de múltiples nacionalidades en su compliance y en sus necesidades de planeación patrimonial. Andrea ha apoyado a numerosos individuos, entre ellos empresarios reconocidos, atletas y políticos con la planeación fiscal y patrimonial pre-migratoria.

Andrea también se concentra en la formación de entidades, creación de estatutos y resoluciones corporativas para complementar el servicio que ofrece a sus clientes.

Andrea tiene licencia para ejercer como abogada tanto en California como en México. Ella obtuvo su Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad de San Diego. También cuenta con una especialidad en derecho fiscal por la Universidad de las Américas Puebla, su alma mater.

Andrea es miembro activo de la Cámara de Comercio de San Diego (CCSD), ella sostiene un lugar como abogada fiscal dentro del grupo Coastal Connection de las CCSD.

alex

ALEX RODRÍGUEZ

FIRST CHOICE BANK

Vicepresidente experimentado con un historial de trabajo en la industria bancaria demostrado. Alex se ha especializado en préstamos comerciales, gestión de riesgos, gestión, banca y análisis crediticio. Es un fuerte profesional de ventas graduado de la Universidad de Washington.
marisol

MARISOL SWADENER

HONE MAXWELL LLP

Marisol Swadener es una de las abogadas asociadas en la firma Hone Maxwell.

En el 2015 Marisol estudió y se graduó como abogada en la escuela de derecho, California Western y recibió su maestría en Derecho Fiscal de la Universidad de San Diego en el 2017.  Se ha especializado por más de seis años en la controversia fiscal.

 

Marisol tiene amplia experiencia asesorando corporaciones y contribuyentes en auditorias fiscales, negociación de acuerdos y resolución de todo tipo de disputas con las administraciones tributarias del estado de California y el Servicio de Ingresos Internos (IRS).

Marisol asesora a clientes con residencia o ciudadanos en los Estados Unidos con inversiones internacionales o cuentas bancarias internacionales con su responsabilidad fiscal con el IRS.

Registro BAFF

BAFF2021 ya pasó. No te pierdas BAFF: Binational Accounting & Finance Forum 2022. Regístrate y mantente actualizado con las noticias sobre la siguiente edición de BAFF.